lunes, diciembre 9, 2024

‘Terapias de conversión’: Estados de México que las prohíben

Entre 2020 y 2022 algunos estados de México aprobaron reformas para que las ‘terapias de conversión’ queden prohibidas.

Los esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género (Ecosig), también conocidos como ‘terapias de conversión’, son prácticas violatorias de los derechos humanos y de la autodeterminación de quienes se identifican como gays, lesbianas, bisexuales o personas trans, por lo que algunos estados en México ya las prohíben y sancionan con cárcel a quienes las imparten.

Las ‘terapias de conversión’ deben estar prohibidas porque, cuando se trata de la identidad de género u orientación sexual de una persona, no hay nada que curar. La Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoció desde 1990 que la homosexualidad no es una enfermedad. Posteriormente, en 2018 el organismo también sacó a la transexualidad de su catálogo de enfermedades mentales.

Aun así, la mayoría de los estados en México no prohíben ni sancionan la impartición de ‘terapias de conversión’. Sin embargo, en años recientes algunas entidades comenzaron a aplicar sanciones a quienes imparten este tipo de prácticas que muchas veces incluyen tratos crueles e inhumanos disfrazados de ‘tratamientos psicológicos’ o ‘acompañamientos religiosos’. A continuación, te decimos de qué estados se trata y qué sanciones aplican. CONOCE EL CASO DE LA MUJER QUE RECIBIÓ ELECTROCHOQUES EN UNA ‘TERAPIA DE CONVERSIÓN’.

Nuevo León

En Twitter, el 21 de diciembre de 2022, la Red Nacional de Juventudes Diversas informó que con 40 votos a favor, 0 en contra y ninguna abstención el Congreso de Nuevo León dio paso a la iniciativa de Morena y Movimiento Ciudadano para prohibir y sancionar los Ecosig.

Al hacer alusión a lo dictado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la diputada Iraís Virginia Reyes de la Torre recordó que la homosexualidad no es una enfermedad. A su vez, subrayó que las ‘terapias de conversión’ vulneran derechos como el libre desarrollo de la personalidad, la salud y una vida libre de violencia. Para proceder con la iniciativa, se propuso la modificación del artículo 204 del Código Penal de Nuevo León.

Sonora se unió a finales de 2022 a los estados de México que prohíben las ‘terapias de conversión’

El 6 de diciembre de 2022, Sonora se sumó a los estados de México que prohíben las ‘terapias de conversión’. Así lo dio a conocer la diputada Rosa Elena Trujillo (Movimiento Naranja). Así como en otras entidades del país, para esto fue necesario presentar y aprobar un paquete de modificaciones al Código Penal estatal. La iniciativa fue aprobada con 26 votos a favor y 2 en contra.

Acorde a los cambios, se sabe que quienes se involucren en este tipo de prácticas pueden enfrentar cargos de entre 2 y 6 años en prisión, además de entre 150 y 300 días de trabajo en favor de la población sexodiversa y el pago de una multa de 1000 a 2000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Hidalgo

A través de su cuenta de Twitter, el diputado Ángel Tenorio (Morena) comunicó que el 7 de junio de 2022 Hidalgo se convirtió en otro de los estados de México que prohíben las mal llamadas ‘terapias de conversión’. La noticia fue confirmada por la LXV Legislatura de Hidalgo pasadas las 13:00.

La reforma al Código Penal (artículo 202 Ter) y la Ley de Salud (segundo párrafo del artículo 142) de la entidad permitirá que quienes incurran en esta práctica reciban una sanción de hasta 3 años de cárcel. El resultado de la votación fue de 24 a favor, 0 abstenciones y 0 en contra

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Activistas celebran la decisión del Congreso de Hidalgo. / Foto: Twitter (@AngelTenorio_c)

Puebla es uno de los estados de México que prohíben las ‘terapias de conversión’ desde 2022

Con 33 votos a favor, 7 abstenciones y 1 impedimento, el Congreso de Puebla aprobó el 2 de junio de 2022 la iniciativa para tipificar los Ecosig en la entidad. Así como lo señalaron las y los legisladores, con ello «se saldó una deuda histórica con la comunidad».

Según reportaron medios locales, la sesión ordinaria se llevó en medio de demandas por parte de la población LGBT+ y trabas por parte del Partido Acción Nacional (PAN). Para entorpecer el proceso, las y los representantes de esta facción política argumentaron que el proyecto debía regresarse a las comisiones.

Sin embargo, las y los demás integrantes del Congreso señalaron que la solicitud era extemporánea. Gracias a ello, se dio visto bueno a la iniciativa en la que el diputado morenista Carlos Evangelista propuso sancionar las ‘terapias de conversión’ con penas de 1 a 3 años de prisión y multas 50 a 200 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA).

Baja California

Baja California se convirtió en uno de los Estados que prohíben las ‘terapias de conversión’ el 21 de abril de 2022. Con 20 votos a favor y 4 en contra el Congreso estatal aprobó una reforma al Código Penal para sancionar a quienes sometan a las personas LGBT+ a prácticas cuyo objetivo sea modificar su orientación sexual o identidad de género. Así, las multas por este delito van desde los 2 hasta los 6 años de prisión, además de multas equivalentes a 2000 veces la unidad de medida y actualización. Por otro lado, en caso de que la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o adulto mayor, la pena aumentará al doble.

prohínben Ecosig en Baja California
La propuesta aprobada fue presentada por la diputada Evelyn Sánchez. / Foto: Twitter (@monicagarzag)

Jalisco

El 6 de abril de 2022, el Congreso de Jalisco aprobó la prohibición de los Ecosig con 26 votos a favor, 10 en contra y 1 abstención. La reforma sanciona a quienes impartan las llamadas ‘terapias de conversión’. Dichas prácticas se sancionarán con multas de entre 50 y 300 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización o de 30 a 100 de trabajo en favor de la comunidad. A diferencia de otras legislaciones similares aprobadas en otros estados, en Jalisco la impartición de Ecosig no se sancionaría con cárcel.

En esa misma sesión, el Congreso local aprobó el matrimonio igualitario y la ley de identidad de género. No obstante, lo hizo a través de una votación secreta después de que diputados y diputadas recibieron amenazas de grupos religiosos y conservadores. Al haberse realizado la votación a través de cédula, en lugar de forma nominal, se pone en entredicho la legalidad del procedimiento y hace las reformas susceptibles de impugnación. CONOCE POR QUÉ EL VOTO SECRETO COMPROMETE EL MATRIMONIO IGUALITARIO Y LA PROHIBICIÓN DE ECOSIG EN JALISCO.

El Congreso de Jalisco aprobó el matrimonio igualitario, la ley de identidad de género y la prohibición de los Ecosig
Las iniciativas se aprobaron mediante una votación por cédula en el Congreso de Jalisco, aunque la ley establece que las votaciones de este tipo de dictámenes deben ser nominales. / Foto: Twitter (@soypolocortes)

Tlaxcala es uno de los estados de México que prohíben las ‘terapias de conversión’ desde 2021

En octubre de 2021, el Congreso de Tlaxcala dio luz verde a la iniciativa para castigar los Ecosig. Casi de manera inmediata, la reforma fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno estatal. En dicha entidad, la sanción es de 2 a 4 años de prisión. Esto se detalla en el artículo 295 Ter.

Colima

Con 19 votos a favor, el 27 de septiembre de 2021 el Congreso de Colima aprobó la iniciativa para prohibir los Ecosig en el estado. Esta decisión trae consigo la reforma de diferentes cuerpos normativos de la entidad. Entre ellos destacan el Código Penal y la Ley de Salud estatal.

Tal y como lo señaló el área de comunicación del Congreso, en Colima se sancionará a «quien imparta, promueva, ofrezca, aplique, financie u obligue con o sin fines de lucro a recibir una ‘terapia de conversión’». Según se detalló, quienes participen en las actividades anteriormente mencionadas pasarán de 2 a 5 años en prisión. También tendrán que cumplir de 50 a 100 horas de trabajo comunitario.

Yucatán

Otro de los estados que prohíben las ‘terapias de conversión’, es Yucatán. El 25 de agosto de 2021, en una histórica sesión extraordinaria donde también se aprobó el matrimonio igualitario, el Congreso de Yucatán reformó el Código Penal del estado para aplicar sanciones a quienes impartan Ecosig.

La reforma plantea que quienes apliquen ‘tratamientos’ para reprimir el libre desarrollo de la personalidad, la orientación sexual o la identidad de género recibirán sanciones de hasta 3 años de prisión y multas de 200 días de salario. Lo mismo aplica para quienes obliguen a otras personas a someterse a los Ecosig. Asimismo, se establece que en caso de que la víctima sea menor de edad las penas se elevarán al doble. En dicho supuesto, la sanción recaería también en padres, madres, familiares, médicos, psiquiatras, psicólogos o educadores que fomenten estas prácticas.

Aprueban reforma para prohibir Ecosig en Yucatán
Imagen de la sesión en la que se aprobaron el matrimonio igualitario y la prohibición de las ‘terapias de conversión’ en Yucatán / Foto: El Universal

Zacatecas, otro de los estados de México que prohíben las ‘terapias de conversión’

El mismo día que se prohibieron los Ecosig en Yucatán, Zacatecas también se sumó a la lista de estados que prohíben las ‘terapias de conversión’. El 25 de agosto de 2021 el Congreso estatal aprobó una reforma al artículo 182 Bis del Código Penal local.

Con la reforma, en Zacatecas se imponen sanciones de entre 1 y 3 años de prisión a quienes impartan Ecosig. Las sanciones también contemplan multas de entre 50 y 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como 300 días de trabajo comunitario.

Diputada Frida Esparza
Frida Esparza, diputada del PRD, presentó la iniciativa con la que se logró la prohibición de las ‘terapias de conversión’ en Zacatecas. / Foto: Twitter: (@senadisexprd)

Baja California Sur

La lista de estados que prohíben o sancionan la impartición de ‘terapias de conversión’ en México continúa con Baja California Sur. El 28 de junio de 2021, en pleno Día Internacional del Orgullo LGBT+, el Congreso sudcaliforniano aprobó una reforma a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y al Código Penal estatal propuesta por la diputada Mercedes Maciel Ortiz.

En la reforma se establece que quienes impartan ‘terapias de conversión’ en la entidad serán sancionados con entre 2 y 6 años de cárcel. Además, recibirán multas de entre 1000 y 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Ahora solo falta que la reforma se publique en el Periódico Oficial del estado para que entre en vigor. MIRA NUESTRA LISTA DE PELÍCULAS QUE ABORDAN EL TEMA DE LAS ‘TERAPIAS DE CONVERSIÓN’.

prohíben terapias de conversión en Baja California Sur
Activistas LGBT+ y legisladores celebraron la aprobación de la reforma que prohíbe la impartición de ‘terapias de conversión’ en Baja California Sur. / Foto: Político

Edomex

Otro de los estados que prohíben las ‘terapias de conversión’ es Edomex. El 20 de octubre de 2020, el Congreso mexiquense aprobó una reforma presentada por la diputada Beatriz García Villegas e impulsada por Fuera del Clóset A. C., una organización LGBT+.

La reforma que modificó el artículo 211 del Código Penal mexiquense tardó 5 meses en publicarse en la Gaceta Oficial del estado. Sin embargo, entró en vigor finalmente el 8 de marzo de 2021. Desde esa fecha se sanciona con entre 1 y 3 años de cárcel a quienes impartan ‘terapias de conversión’ en Edomex. Además, se establecen multas de entre 50 y 200 días de salario mínimo y entre 25 y 100 días de trabajo comunitario. En caso de que la víctima sea menor de edad, las sanciones se duplican, por lo que la pena podría ser de hasta 6 años de cárcel. CHECA EL POSICIONAMIENTO DE RICKY MARTIN EN CONTRA DE LAS ‘TERAPIAS DE CONVERSIÓN’.

Estado de México prohíbe las 'terapias de conversión'
Activistas LGBT+ celebrando la prohibición de las ‘terapias de conversión’ afuera del Congreso de Edomex. / Foto: Fuera del Clóset A. C.

CDMX fue el primero de los estados de México que prohíben las ‘terapias de conversión’

En CDMX las ‘terapias de conversión’ se prohíben desde 2020. El 24 de julio de ese año el Congreso capitalino aprobó una iniciativa sobre el tema presentada por Temístocles Villanueva, diputado abiertamente gay.

La reforma adiciona el artículo 149 Quarter del Código Penal capitalino para definir las ‘terapias de conversión’ como «aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas o métodos de tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género así como la orientación sexual de la persona». Asimismo, establece que quien imparta dichas ‘terapias’ recibirá penas de entre 3 y 5 años de prisión. También deberá realizar entre 50 y 100 horas de trabajo comunitario. En caso de que la víctima sea menor de edad, las penas aumentarán en un 50%. ENTÉRATE DE CÓMO DENUNCIAR SI ERES VÍCTIMA DE UNA ‘TERAPIA DE CONVERSIÓN’.

CDMX es uno de los estados que prohíben las terapias de conversión
Activistas e integrantes de la comunidad LGBT+ se congregaron afuera del Congreso de CDMX para celebrar la prohibición de las ‘terapias de conversión’ en la capital. / Foto: Al Momento

Es un gran avance que cada vez sean más los estados de México que prohíben las ‘terapias de conversión’. Sin embargo, estas prácticas deberían estar prohibidas en todo el país. No hay nada que curar.

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