Para la comunidad LGBTQ+ de Estado de México, la frontera que separa a su entidad de la capital del país también los separa de acceder a sus derechos.
El caso de Estado de México ilustra a la perfección la deuda de varios estados con la comunidad LGBTQ+ en materia de derechos humanos.
En territorio mexiquense, las parejas conformadas por personas del mismo sexo necesitan un amparo para casarse. Además, las personas trans deben recurrir a un juicio si quieren modificar su identidad de género. Ambos procesos implican un gasto de tiempo y recursos que no tienen que realizar las parejas heterosexuales o las personas cisgénero.
En cambio, al cruzar la frontera, cualquier pareja puede casarse sin impedimento en Ciudad de México. Además, cualquier persona trans puede obtener el reconocimiento de su identidad de género con un simple trámite en el Registro Civil.
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Aunado a ello, Estado de México es la cuarta entidad más violenta para la comunidad LGBTQ+. Tan sólo en 2019 registró 24 homicidios de gays, lesbianas, bisexuales y personas trans, de acuerdo con el Observatorio de Crímenes de Odio de la organización Letra S.
Viajar sí es un problema
Uno de los argumentos falaces que los diputados de Estado de México utilizan con mayor frecuencia para desestimar la importancia del matrimonio igualitario es que las personas LGBTQ+ pueden viajar a Ciudad de México para casarse o modificar su identidad en documentos oficiales.

Sin embargo, tener que viajar a otra entidad sí es un problema. No sólo por el hecho del traslado —que puede ser complicado para algunas personas—, sino porque viola el principio de igualdad y obstaculiza el acceso de las personas LGBTQ+ a sus derechos constitucionales.
Omisión legislativa
El Congreso del Estado de México estará en deuda con la comunidad LGBTQ+ mientras no apruebe el matrimonio igualitario y las leyes que permiten a las personas trans el reconocimiento de su identidad de género. Cabe recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya emitió criterios claros respecto a ambos temas.
En 2015, el máximo tribunal determinó inconstitucional la definición que restringe el matrimonio a la unión entre un hombre y una mujer. Además, en 2021, la Corte declaró que las personas trans deben acceder a la modificación de su acta de nacimiento por la vía administrativa. En su razonamiento, la Corte consideró que «la vía judicial provoca afectaciones indebidas e innecesarias» a quienes desean realizar estos trámites.
Nos alegra anunciarles que hace unos momentos, se presentó una iniciativa ante la @Legismex para reformar el artículo 211 del Código Penal del Estado de México, con el objeto de prohibir y sancionar las "terapias de conversión" en la entidad. #Orgullo?️??️⚧️(1) pic.twitter.com/XCNcmdlsbn
— Fuera del Clóset A.C. ?️??️⚧️ (@FueraCloset_AC) June 23, 2020
Sin embargo, el Congreso del Estado de México se niega a adecuar sus leyes a estas disposiciones, vulnerando los derechos de las personas LGBTQ+. Tan sólo en la presente legislatura, el Congreso mexiquense ya «congeló» o rechazó iniciativas sobre matrimonio igualitario en tres ocasiones. Además, hay una más pendiente de ser votada. Asimismo, los diputados locales ya rechazaron dos iniciativas sobre el reconocimiento de la identidad de género de las personas trans.