Te explicamos por qué desecharon la propuesta de despenalizar el aborto en Veracruz y qué acciones tomaron organizaciones feministas veracruzanas.
Seguramente, a través de las redes sociales y los medios de comunicación, te has enterado del alboroto alrededor de la sesión de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que nuevamente, discutió un caso de aborto. Para evitar confusiones y malentendidos, te explicó qué pasó ayer.
En marzo de 2017, el Gobierno de Veracruz aceptó las conclusiones y propuestas que se elaboraron en el Informe de la Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado, emitidas por el grupo de trabajo que coordinó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres). Este informe propuso, tanto al gobernador como al Congreso del estado, reformar el Código Penal para despenalizar el aborto hasta la decimosegunda semana de gestación, incluir la causal aborto por riesgo para la salud y eliminar el plazo de 90 días en casos de violación.
Desechan propuesta de reforma para despenalizar el aborto
Esta propuesta de reforma se presentó, pero fue desechada, por lo que organizaciones feministas veracruzanas iniciaron una serie de acciones. Una de estas acciones fue la presentación de un amparo, que, en palabras sencillas, es un juicio que puede promover toda persona buscando la intervención de un juez federal para que la autoridad deje de vulnerar sus derechos humanos.
En este caso, se le dijo al juez que el Congreso estaba violando los derechos reproductivos de las mujeres por no reformar su Código. De manera general, cuando la Constitución o algún tratado internacional ordena la creación de una ley y este no la realiza, se está frente a una omisión legislativa. El juez federal que emitió la primera sentencia sostuvo que había una omisión legislativa porque el Congreso no estaba cumpliendo los mandatos internacionales para eliminar normas discriminatorias contra las mujeres en relación al aborto. En consecuencia, ordenó al Congreso que realizara las reformas a la regulación penal del aborto de acuerdo al informe de la alerta, por considerar que con ello se reparaba la omisión legislativa.
En amparo, cuando la resolución no convence a alguna de las partes, se puede inconformar a través de un recurso de revisión. Eso es lo que hizo el Gobierno de Veracruz y, saltándome aquí la explicación de algunos pasos jurídicos, el caso llegó a la SCJN.
Aborto: ¿a favor o en contra?
El ministro Juan Luis González Alcántara realizó el proyecto de sentencia que ayer se discutió, el cual consideraba, aunque por razones distintas a las desarrolladas por el juez, que sí existe la obligación del Congreso de realizar las reformas al Código Penal en tanto que dicha omisión promueve la discriminación y por tanto la violencia contra las mujeres.
Ayer presenciamos en línea la discusión en la Primera Sala, pero si no se está familiarizado con estos debates puede ser confuso entender lo que pasó. A cada ministra y ministro se les asignan casos y ellos, junto con su equipo, realizan los proyectos de sentencia, que luego comparten para su lectura y análisis con los otros. En la sesión pública de las Salas, cada una manifiesta su voto a favor o en contra del proyecto y se requiere de una mayoría de al menos tres votos para que se apruebe.
Cuatro ministros votaron en contra por considerar que el proyecto no cumple con requisitos de forma y procedencia.
La forma son todos esos requisitos que tiene que cumplir un procedimiento (independientemente de los derechos humanos) para que un juzgador pueda o no estudiar un caso. Ejemplo: ¿se promovió el amparo en el plazo estipulado en la ley? Si es así, entonces se cumple con un requisito. Si no, aunque se traté de una violación muy evidente, un juzgador no puede analizarlo, porque la ley necesita dar certeza y seguridad (sí, suena bastante cuadrado).
Si el caso cumple con los requisitos que la Ley de Amparo señala, entonces se estudia el fondo, que significa el análisis de las acciones u omisiones de las autoridades que violaron los derechos humanos.
¿Por qué votaron en contra?
Los ministros y ministras que votaron en contra lo hicieron porque consideran que no existe una omisión legislativa, porque ya existe una regulación del aborto, discriminatoria, en las leyes veracruzanas y les hace más sentido que se declare que la norma es inconstitucional.
Es decir, para ellos sería omisión si no existiría ninguna legislación en el estado, pero como existe, entonces lo que se tendría que hacer es declarar que es inconstitucional. Es decir, que el Código va en contra de la Constitución.
Ayer no se discutió si el aborto se despenalizaba o no, ningún ministro abiertamente expuso su postura en el tema. Únicamente se dedicaron a ver si el procedimiento cumplía con los requisitos y la SCJN en los últimos años ha emitido una serie de sentencias sobre aborto que están cambiando la realidad de las mujeres.
¿Qué sigue?
En la Corte, el caso se le dará a otro ministro de la Primera Sala, para que emita un nuevo proyecto y en un futuro cercano estaremos observando otra discusión, que tenemos que seguir atentas.
Para nosotras la lucha sigue para tirar al heterocispatriarcado.
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