viernes, marzo 29, 2024

Requisitos para dar seguridad social a tu pareja LGBT+

Desde 2018, las personas LGBT+ pueden otorgar a sus parejas seguridad social cumpliendo los mismos requisitos que cualquier pareja heterosexual. Sin embargo, en varios estados todavía existe una barrera para acceder a ese derecho.

Si eres derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) puedes registrar a tu pareja LGBT+ y otorgarle seguridad social.

El 6 de noviembre de 2018, el Senado reformó las leyes del IMSS y del ISSSTE para garantizar la igualdad de derechos para los derechohabientes con parejas de su mismo sexo. Posteriormente, el 28 de noviembre del mismo año, la Cámara de Diputados ratificó la aprobación de la reforma. CONOCE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS LGBT+ EN MÉXICO.

Cómo registrar a tu pareja LGBT+ en el IMSS o ISSSTE
Puedes registrar a tu esposo, esposa, concubino o concubina en el IMSS y en el ISSSTE. / Foto: El Trochilero

¿Qué beneficios puedes dar a tu pareja?

Si registras a tu pareja LGBT+ como beneficiaria en el IMSS o ISSTSE para otorgarle seguridad social le permitirás acceder a cobertura médica y a una pensión de viudez.

Pero eso no es todo. Si tienes hijos también puedes registrarlos como beneficiarios. De este modo podrán acceder tanto a los servicios médicos como a las guarderías de las instituciones.

El requisito clave

Pero para poder dar seguridad social a tu pareja LGBT+ es necesario que hayan conformado una unión civil. O, dicho de otro modo, deben haber contraído matrimonio o vivir en concubinato.

En este punto radica la importancia del matrimonio igualitario, que se trata de una llave para acceder a otros derechos, como a la seguridad social. Actualmente, solo 21 entidades cuentan con leyes que permiten el matrimonio igualitario. Sin embargo, en los 11 estados restantes es necesario recurrir a amparos para casarse. Adicionalmente, estados como Veracruz permiten el concubinato entre parejas LGBT+, pero no el matrimonio. CHECA CUÁLES SON LOS ESTADOS DONDE TE PUEDES CASAR SI ERES LGBT+.

¿Cómo registrar a tu pareja LGBT+ en el IMSS?

Si eres derechohabiente del IMSS y quieres dar seguridad social a tu pareja LGBT+ solo tienes acudir a tu Unidad de Medicina Familiar con una identificación oficial, número de seguridad social, Clave Única de Registro de Población (CURP), comprobante de domicilio, fotografía tamaño infantil y acta de matrimonio en original y copia. Puedes checar en este enlace las características que deben tener los documentos.

También puedes registrar como beneficiario o beneficiaria a tu pareja a través de internet. Para ello debes darte de alta en el Escritorio Virtual del IMSS, contar con Firma Electrónica Avanzada (FIEL), una dirección de correo electrónico, tu CURP y la de tu pareja. Para hacerlo sigue el siguiente enlace.

¿Cómo registrar a tu pareja LGBT+ en el ISSSTE?

Si eres derechohabiente del ISSSTE y quieres dar seguridad social a tu pareja LGBT+ debes elaborar un escrito libre de solicitud o petición. Además, debes contar con tu identificación oficial y la CURP de tu pareja. En caso de que estén casados o casadas, también deberás presentar tu acta de matrimonio. Si se trata de tu concubino o concubina deberás presentar información para comprobar que han vivido en unión libre durante al menos 5 años. CONOCE LOS PASOS PARA OBTENER TU ACTA DE CONCUBINATO.

Los documentos deben presentase en los Departamentos de Afiliación y Prestaciones Económicas en las Delegaciones y Áreas técnicas en las Clínicas de Medicina Familiar del ISSSTE. Puedes ubicar la oficina más cercana a tu domicilio en este enlace.

Sin duda, otorgarle seguridad social a tu pareja LGBT+ es de lo más romántico que puedes hacer.

Edgar Ulises
Edgar Ulises
Hago periodismo y comunicación política. Sigo la actividad legislativa: ahí nos representan o nos joden. El cambio está en los movimientos sociales.

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